Las entidades solidarias no pueden elegir cualquier revisoría fiscal
- Will Robinson Vargas Ortega.
- 21 nov 2018
- 4 Min. de lectura

En Colombia, la figura de control por excelencia es la revisoría fiscal, figura que solo existe en nuestro país, y que más allá de la evaluación de la información financiera, se constituye en una institución integral y permanente en las organizaciones que da fe pública de las actuaciones del ente ante el Estado y la sociedad. Dicha institución tiene una tradición histórica local importante. Tras su reglamentación, esta figura ha cobrado mayor protagonismo, al punto que sus funciones se encuentran recogidas en una gran cantidad de leyes y regulaciones de todos los sectores, en tanto su ejercicio profesional se fundamenta en el interés público y en la necesidad que sus acciones brinden seguridad a quienes interactúan con los entes económicos, en especial en lo concerniente con el cumplimiento de las disposiciones vigentes, la integridad, la confiabilidad, la pertinencia de la información suministrada, la diligencia de los administradores y la eficiencia y eficacia de las operaciones realizadas, tal como se ve esto constituye un espectro bastante amplio y con altísima responsabilidad el cual debe cumplirse con altos estándares de calidad y profesionalismo.
Por su parte, el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento o IAASB por sus siglas en inglés (International Auditing and Assurance Standards Board)- y la misma Junta Central de Contadores de Colombia - JCC - considera que la calidad se logra cuando la opinión del auditor descansa en una base de evidencia apropiada y suficiente, obtenida por un equipo con valores y conductas éticas y con conocimiento y experiencia idóneos, que aplica procedimientos rigurosos y genera informes oportunos, para llegar a esto tan importante y exigente debemos contar con un buen y adecuado sistema de Control de Calidad.
El control de calidad, no es solo para nuestra subsistencia como ente de control, es fundamental para mejorar la confianza de los usuarios en los servicios prestados por una firma de Revisoría Fiscal o de Auditoria. Un sistema de Control de calidad sólido se ocupa de control de calidad tanto en relación con la realización del encargo, como en relación con las responsabilidades de liderazgo en la calidad de la firma de auditoría y revisoria fiscal, el cumplimiento de ética aplicables (hoy en día en crisis en muchos sectores), la aceptación y continuidad de las relaciones con los clientes (cada día le trasladan más la responsabilidad al auditor) y encargos específicos, los recursos humanos y el seguimiento del sistema. La NICC 1 - Norma internacional de Control de Calidad - ayuda a cumplir con estos importantes y loables propósitos.
La NICC 1 se aplica a todas las firmas de auditoria sin importar su tamaño, estas empresas y personas naturales que ejercen la actividad, deben aplicar la normatividad establecida, la cual entró en vigor a nivel internacional desde diciembre de 2009.
El control de calidad, no es solo para nuestra subsistencia como ente de control, es fundamental para mejorar la confianza de los usuarios en los servicios prestados por una firma de Revisoría Fiscal.
Ahora bien el termino de “firma de Auditoria”, como se conoce internacionalmente, hace referencia al profesional que ejerce de manera individual, a una sociedad, cualquiera sea su forma jurídica o cualquier entidad de profesionales de la contabilidad, por supuesto esto aplica para las firmas y personas naturales que ejercen la revisoría fiscal en el sector solidario.
Es importante tener en cuenta que no solo basta con tener colaboradores con alta competencia profesional, con criterio independiente y escépticos sino una cultura basada en principios y valores éticos que identifiquen la firma y sus funcionarios.
Estos aspectos, y otros que no se alcanzan a mencionar en este artículo, son los mínimos que se deben exigir a las firmas de auditoría y revisoría fiscal en este momento y por supuesto contemplarlos en los criterios de selección que deben aplicar las Asambleas en las elecciones que nuestras organizaciones solidarias estarán ralizando en el primer trimeste del próximo año.
El cambio de enfoque de la auditoría basada en transacciones a una auditoría basada en riesgos, de acuerdo con el esquema NAI, reglamentado en el decreto 2420 de diciembre de 2015, conllevan a realizar un trabajo de mayor rigor, juicio, responsabilidad y documentación, adicionado a la implementación de su sistema de control de calidad y lo exigido particularmente para nuestro sector como es la certificación del curso e-learning de la UIAF en el módulo general y la constancia de capacitación en materia de riesgos que incluya un módulo LA/FT (Lavado de Activos y Financiacion del Terrorismo), mediante certificación expedida por parte de instituciones de educación superior acreditadas ante el Ministerio de Educación Nacional, con una duración no inferior a 90 horas.
Como se puede ver nuestras entidades solidarias no pueden elegir cualquier firma o profesional independiente para realizar tan importante labor, se hace necesario que las juntas directivas, los gerentes y las personas que integren las Asambleas conozcan las nuevas normas para tomar la mejor alternativa y que estas (normas y nuevos requisitos) sean compartidas ya que la poca divulgación de las mismas hace que se tomen decisiones equivocadas o se realicen elecciones sin suficientes cononocimientos y puedan llegar a ser declaradas incluso nulas.
Will Robinson Vargas Ortega Director Ejecutivo Serfiscal
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